Para que exista contrato de trabajo son 3 los elementos que no pueden faltar:
- Remuneración (Retribución económica por el servicio prestado)
- Prestación personal de servicios (trabajo realizado directamente por el contratado)
- Subordinación (Dependencia del trabajador hacia el empleador)
Esta ultima es la que marca la diferencia con un trabajador independiente, y por falta de conocimiento del trabajador, muchas veces el empleador se aprovecha de esta circunstancia para no pagarle los beneficios laborales que por ley le corresponde.
Para que exista subordinación tienen que existir 3 facultades del empleador: Facultad de dirección facultad de fiscalización y facultad sancionadora.
Facultad de dirección
Para ponerlo en términos sencillos diré que es la facultad del empleador para decirte que hacer (funciones), donde hacerlo (lugar de trabajo), cuando hacerlo (horario), con quien hacerlo (compañeros de trabajo), situación que no se da cuando eres trabajador independiente, ya que tu ves a que hora realizas el servicio, si lo haces solo o no, y donde también. Ejm: Contratamos a Armando Casas y le indicamos que labore como Cajero, en la sede de Huancayo, en el horario de 6 am. a 2 pm. con Luis Collazos que es el Asistente de Finanzas.
Facultad de fiscalización:
Gracias a esta facultad el empleador puede verificar en cualquier momento como va tu trabajo, puede solicitarte informes y/o reportes, puede controlarte y evaluarte. Ejm: Generamos un reporte de las asistencias de Marcos Aquino, verificando que llego temprano durante la semana a las labores.
Facultad sancionadora.
Consiste en que si el trabajador cometió alguna falta, el empleador puede sancionarlo. Existen 4 niveles de sanción: llamada de atención verbal, amonestación por escrito, suspensión sin goce de haber y despido; siendo aplicado de acuerdo al nivel de la gravedad de la misma. Ejm: Se le manda una carta de amonestación a Luisa del Bosque por haber faltado sin justificación el día Lunes al trabajo y habiéndole dado la chance de justificar no lo hizo.
Como ven entonces para que exista subordinación tiene que existir esas 3 facultades de tu empleador, y si es así, debes de contar con contrato de trabajo (que puede ser verbal), y si nunca te hicieron firmar contrato tienes todo el derecho para solicitar tu incorporación a plazo indeterminado y que te paguen todos los beneficios sociales como CTS, vacaciones, gratificaciones, etc.
Atte,
CPC Galindo
cpcgalindo@gmail.com